Una persona le cuenta a su psicólogo que planea hacerle daño a alguien. O revela un abuso que sigue ocurriendo. O expresa una intención clara de suicidarse. En esos momentos, el terapeuta enfrenta una de las tensiones éticas más exigentes de la profesión: ¿mantengo la confidencialidad o la rompo para proteger una vida?
La confidencialidad no es solo una norma legal — es una condición fundamental para que la psicoterapia funcione. Si las personas no pueden confiar en que lo que dicen en consulta no será revelado, no podrán ser honestas. Y sin honestidad, no hay tratamiento posible.
Los códigos de ética de la mayoría de las asociaciones psicológicas latinoamericanas establecen la confidencialidad como un derecho del consultante y una obligación del profesional. Su violación injustificada puede derivar en sanciones deontológicas, responsabilidad civil e incluso penal.
Los marcos éticos reconocen que la confidencialidad tiene límites cuando está en juego la seguridad de vida. Las excepciones más universalmente aceptadas son:
Riesgo inminente de suicidio: cuando la persona expresa intención clara, tiene un plan y los medios, el profesional puede y debe actuar para protegerla, lo que puede implicar contactar a familiares o servicios de emergencia.
Riesgo de daño a terceros: el caso Tarasoff (1976) en California estableció jurisprudencia: los terapeutas tienen el deber de proteger a potenciales víctimas identificadas. En América Latina, las legislaciones varían, pero el principio ético es ampliamente compartido.
Abuso o maltrato de menores: en la mayoría de los países, el psicólogo tiene obligación legal de denunciar cuando tiene conocimiento de abuso de niñas, niños o adolescentes, independientemente del consentimiento del paciente.
Orden judicial: la información puede ser requerida por un tribunal, aunque algunos marcos éticos y legales establecen protección del privilegio terapeuta-cliente similar al secreto profesional.
Cuando la ruptura de la confidencialidad se justifica, la guía ética es hacer lo mínimo necesario para proteger la vida o prevenir el daño. Informar lo necesario, solo a quien debe saberlo, de la manera menos invasiva posible.
Lo ideal es informar a la persona que se va a romper la confidencialidad, cuando hacerlo no aumenta el riesgo. Esta transparencia preserva en la medida de lo posible la relación terapéutica y el respeto a la autonomía del consultante.
La mayoría de las situaciones reales no son casos ‘extremos’ claros. Un paciente que dice ‘a veces pienso en que sería mejor no estar’, ¿es un riesgo inminente? El psicólogo debe evaluar la severidad y el plan, consultar a un colega o supervisor si es necesario, y documentar su razonamiento. La consulta con pares es una herramienta ética, no un signo de debilidad profesional.
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